SUBVENCIONES A LA FINANCIACION DE LIQUIDEZ DE PYMES
Subvenciones a la financiación de liquidez para PYMES con una plantilla no superior a 25 trabajadores mediante la bonificación al tipo de interés y a la comisión de apertura de los préstamos que los beneficiarios obtengan de las entidades financieras que tengan suscritos convenios con las SGR canarias y adheridas al Convenio entre la Consejería de Economía y Hacienda y las SGR, y que, a su vez, dichos créditos estén avalados por las Sociedades de Garantía Recíproca de Canarias (en adelante SGR), SOGAPYME y SOGARTE.
No podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en las presentes bases:
a. Para el ejercicio de 2010: las empresas que antes del 1 de julio de 2008 se encontraban en situación de crisis según la definición establecida en el apartado 2.1 de las Directrices Comunitarias sobre ayudas Estatales y de Salvamento y de Reestructuración de empresas en crisis.
b. Para los ejercicios de 2011 y 2012, las empresas que se encuentren en situación de crisis según la definición establecida en el apartado 2.1 de las Directrices Comunitarias sobre ayudas Estatales y de Salvamento y de Reestructuración de empresas en crisis.
Para 2010 se podrán presentar las solicitudes hasta el 15 de octubre en la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias.
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