CORECO PUNTUALIZA A ASINCA SU POSTURA SOBRE EL AIEM
El Comité Ejecutivo de la Confederación Regional de Comercio, en relación a las declaraciones efectuadas por Ramón Villaba, presidente de ASINCA, quiere matizarle lo siguiente:
1º Que el AIEM, al gravar la importación de mercancías en Europa vulnera una de los más importantes y antiguos derechos y libertades de la Unión Europea, la libre circulación de bienes y mercancías, constituyendo a Canarias como un espacio dentro de Europa donde de facto no rige esta libertad.
2º Que el progresivo aumento de la recaudación del Gobierno de Canarias en el AIEM en sus años de existencia, pone de manifiesto que ha crecido en esa progresión la importación, mientras decrecía la producción en Canarias, por lo que no se han cumplido los fines del impuesto.
3º Que el AIEM viene gravando artículos que no se producen en Canarias, como el propio ASINCA reconoce, lo cual es un auténtico fraude.
4º Que el AIEM además, grava partidas genéricas cómo por ejemplo “estanterías metálicas”, cuando en Canarias no se fabrica ni el 20 % de los diferentes tipos de estanterías.
5º Que el AIEM grava productos de los que la industria canaria no tiene la capacidad de cubrir todo el mercado, viéndose obligados los comerciantes a importar el cupo que no se produce.
6º Que el AIEM incrementa el valor de la cesta de la compra, en cuanto que se repercute en el precio final de la mercancía. Es evidente que si no existiera el impuesto el precio final seria inferior en los porcentajes del 5, 15 o 25 % de este impuesto.
7º Que el AIEM hace menos competitivo al comercio canario frente a sus homólogos de la Península y Europa, en cuanto que elimina el diferencial fiscal que ha definido al comercio canario históricamente.
8º Que el PIB de la Industria Canaria ha decrecido progresivamente, con lo cual, tampoco se cumplen los objetivos del impuesto.
9º Que el empleo en la Industria Canarias también ha decrecido, siendo uno de los pilares fundamentales en los que se basaron para la creación del impuesto.
10º Mientras en el resto de los sectores económicos se toman medidas liberalizadoras, como es el caso de la Directiva Bolkestein para el comercio y servicios, se demanda un trato diferencial y único para la industria en clara desigualdad y discriminación.
11º Que cualquier medida arancelaria tiene su justificación cuando se trata de fomentar el crecimiento de un sector minoritario y emergente y siempre durante un periodo de tiempo acotado. En el caso del AIEM, la industria canaria no reúne estos parámetros y va a finalizar el plazo de vigencia que se marcó en 2002.
12º Por último, que el instrumento jurídico utilizado para el establecimiento del impuesto, como es apelar a una medida excepcional en base a la condición RUP es ilegal, considerando que el mismo artículo 299.2 del Tratado excluye su aplicación cuando se pone en peligro la integridad del mercado interior, como es el caso de este impuesto, que hace desaparecer de canarias la libre circulación de mercancías.
Por último, se quiere corregir al Presidente de ASINCA en el sentido de que no existe acuerdo de Junta Directiva de CEOE-TENERIFE que hubiera decidido apoyar la prórroga del AIEM, sino que fue una Vocalía de Economía, no refrendada por Junta y donde FEDECO no se abstuvo, sino que votó en contra.
Desde CORECO se expresa a ASINCA que se respeta y se solidariza con la industria, si bien echó de menos una actitud similar de los industriales, abogando por procurar lo mejor para los distintos sectores de la economía, cuando el comercio se enfrentó en solitario a la aplicación de la Directiva Bolkestein.
En todo caso, contrariamente a ASINCA, desde CORECO, tanto el planteamiento de la industria, como el del comercio, nos parecen absolutamente serios.
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