AYUDAS AUTONOMICAS A EMPRESARIOS Y PROFESIONALES AFECTADOS POR LAS LLUVIAS
El Gobierno de Canarias ha publicado en BOC el Decreto de ayudas a damnificados por las lluvias sufridas recientemente.
Para Empresarios y Profesionales las ayudas serían:
El importe de las ayudas vendrá determinado por la cuantía de los daños sufridos, de conformidad con la siguiente escala:
a) 3.000 euros cuando la valoración de los daños sea igual o superior a 12.000 euros.
b) 2.000 euros cuando la valoración de los daños sea igual o superior a 3.000 euros e inferior a 12.000 euros.
c) 1.000 euros cuando la valoración de los daños sea superior a 1.000 euros e inferior a 3.000 euros.
Si la valoración de los daños fuera igual o inferior a 1.000 euros, la cuantía de la ayuda será el importe de los daños ocasionados, siempre que los únicos ingresos que perciba la unidad familiar en la cual se integra el solicitante procedan del ejercicio de la
referida actividad empresarial o profesional.
Para la valoración de los daños se estará a los informes que se emitan por parte de los órganos autonómicos competentes.
En defecto de estos últimos se podrá utilizar el informe emitido por un funcionario de la escala facultativa de cualquiera de las Administraciones Públicas locales. Este informe deberá contener, como mínimo, el alcance de los daños sufridos como consecuencia
directa de las lluvias y valoración de los mismos. Y, todo ello, sin perjuicio de las valoraciones que puedan realizar directamente los servicios técnicos del Gobierno de Canarias.
La Consejería de Empleo, Industria y Comercio será la competente para gestionar y resolver los procedimientos.
No se podrá pedir la ayuda hasta que esta Consejería dicte una Orden que determine el procedimiento.
Para los empresarios turísticos y de restauración, se dictará una Orden por la Consejería de Turismo que determinará los importes y procedimientos.
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